La CNMC ha sancionado con 120.000 euros a Orange por impedir de forma
injustificada el cambio de compañía a 525 usuarios de telefonía fija
entre 2013 y 2014 (SNC/DTSA/1847/14).
La portabilidad
(el cambio de operador manteniendo el mismo número de teléfono) es un
derecho esencial de los usuarios. Es el operador, en este caso Orange,
el que se encuentra obligado a no realizar actuaciones que retrasen la
portabilidad o a no utilizar causas que no corresponden para denegar
portabilidades.
Según los datos de portabilidad analizados por la CNMC, Orange rechazó 1
de cada 5 portabilidades en 2013, lo que la situó por detrás de ONO
como la operadora que más portabilidades ha rechazado. En 2014, Orange
ha sido la operadora que ha denegado un mayor número de portabilidades:
casi el 16%.
Orange ha alegado la causa denominada “línea inactiva” en un 17% de los
rechazos de portabilidad. Esta es una causa que se emplea para
solicitudes de portabilidad de clientes que se habrían dado previamente
de baja. Del análisis de la CNMC se desprende que Orange impidió de
forma injustificada y reiterada las portabilidades de 525 clientes.
Además, llevó a cabo esta conducta infractora durante un período de
tiempo considerable: entre el 4 de enero de 2013 y el 9 de diciembre de
2014.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa,
pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su
notificación
F.CNMC
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