El
Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de
Fomento, el Real Decreto por el que se regulan las actividades aéreas de
lucha contra incendios, búsqueda y salvamento y se establecen los
requisitos en materia de aeronavegabilidad y licencias para otras
actividades aeronáuticas.
El Real Decreto establece las normas aplicables a estas actividades en
relación con el diseño, la producción, el mantenimiento y la operación
de productos, componentes, equipos aeronáuticos, personal y
organizaciones que intervengan en dichos procesos y para la explotación y
operación de las aeronaves destinadas a dichas actividades.
Asimismo, se establece la aplicación de dichas normas a las actividades
de aduanas, policía y servicios de guardacostas en materia de
aeronavegabilidad y licencias y habilitaciones del personal de vuelo.
Hasta ahora estas actividades se consideraban “operaciones especiales”
de la aviación general por lo que se regulaban por la Ley de Navegación
Aérea de1960 y el reglamento de Circulación Aérea de 2002, pero este
ámbito jurídico no concretaba los requisitos técnicos exigibles.
Con la normativa técnica aprobada hoy se pretende incrementar los
actuales niveles de seguridad en dichas actividades aéreas, una vez que,
además de regular especificamente este tipo de trabajos, incluye estas
actividades en el Sistema de Notificación de Sucesos, para mejorar el
enfoque preventivo de la seguridad.
Este Real Decreto entrará en vigor el 1 de junio de 2015, por lo que
los profesionales del sector tendrán nueve meses para adaptar su
formación y los nuevos requisitos.
F.AAeroespacial
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